Oposiciones Renfe 2017: convocados 675 puestos de trabajo

Renfe ha anunciado el mayor lanzamiento de ofertas de trabajo de su historia, con un total de 675 puestos de trabajo. Las ofertas de empleo de Renfe son para maquinistas, personal comercial, de estructura y de mantenimiento. La creación de 675 puestos de trabajo forman parte del plan de empleo que Renfe pactó con sus sindicatos en el convenio colectivo. El objetivo de estos planes de empleo tanto de Renfe como de Adif es reducir la edad media de los trabajadores, actualmente de 54 años. Además de mejorar su productividad, cualificación y competitividad de sus trabajadores.

Renfe Ofertas de Empleo 2017

Del total de las 675 ofertas de trabajo de Renfe, más de la mitad corresponden a puestos de maquinistas (375), 115 serán para comerciales y 115 para operadores de mantenimiento y de fabricación. Los 70 puestos restantes se destinarán a cuadros técnicos y personal de estructura en los que se ofrecen cargos para diferentes títulos universitarios. Una parte de estas contrataciones corresponderá a consolidación de empleo temporal y la otra a nuevas contrataciones en virtud de la tasa de reposición incluida en los procesos de salida voluntaria abiertos en la empresa en los últimos años.

Convocatoria de ingreso de personal Laboral fijo para consolidación de empleo temporal y tasa de reposición en el grupo Renfe y constitución de bolsas de reserva

Las personas interesadas en inscribirse en la oferta deberán enviar las solicitudes a través del apartado de empleo y formación de Renfe antes del 29 de Septiembre. Además los solicitantes deberán abonar 10 euros en concepto de derecho de participación en el proceso de selección.

Requisitos generales de los solicitantes

  • Tener la nacionalidad española o la de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que sea de aplicación el Reglamento (UE) n.º 492/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de abril de 2011, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión, y el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Real Decreto 1710/2011, de 18 de noviembre.
  • También podrá participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes, menores de veintiún años o mayores de dicha edad, que vivan a cargo de sus progenitores.
  • De igual forma, también podrán participar quienes, no estando incluidos en los anteriores apartados, se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral.
  • Conocimiento adecuado del castellano. De acuerdo con lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, los candidatos que no posean la nacionalidad española y no sea deducible de su origen el conocimiento adecuado del castellano no deberán realizar una prueba previa de conocimiento del mismo, ya que las pruebas selectivas establecidas en estas bases implican por sí mismas la demostración de su conocimiento.
  • Haber cumplido la edad legal de contratación prevista para cada puesto de trabajo.
  • Cumplir los requisitos contractuales conforme a la legislación vigente en materia de permisos de trabajo o cualquier otra que la sustituya.
  • Estar en posesión de la titulación académica exigida en las bases de cada una de las Convocatorias que se publiquen. Si la titulación fuera obtenida en el extranjero, deberá acreditar que está en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite, en su caso, la homologación.
  • No estar separado del servicio o declarado “no apto” para el desempeño de las funciones esenciales del puesto ofertado, aunque sea temporalmente, ni haber sido despedido disciplinariamente por hechos acaecidos en el ámbito del Grupo Renfe.
  • No haber tenido un contrato de trabajo extinguido con el Grupo Renfe por dimisión expresa o tácita del trabajador o por la no superación del periodo de prueba, en ambos casos en un puesto similar al que opte en este proceso.
  • No estar incurso en ninguna de las incompatibilidades que determina la legislación vigente.
  • No hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.
  • Cumplir con los requisitos establecidos legal y convencionalmente para los puestos de trabajo ofertados en la convocatoria.
  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración, organismo o empresa pública o participada por las mismas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el empleo de cargos públicos para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios, o para ejercer cualquier tipo de función en el caso del personal laboral.
  • En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida en su estado, en los mismos términos, el acceso a las funciones o puestos de trabajo públicos citados en el párrafo anterior.
  • No haber sido objeto de despido disciplinario ni hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad para el ejercicio de funciones públicas, de conformidad con lo establecido en la ley 53/1984 de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

Acreditación de requisitos

  1. La acreditación de la titulación académica deberá realizarse aportando copia del Título compulsada notarialmente. En el caso de no estar en posesión del Título, durante el período de inscripción, deberá presentarse una certificación académica oficial compulsada notarialmente.
  2. La acreditación de la experiencia profesional deberá ser demostrada documentalmente a través de:
    • a. Aportación del currículum vitae (CV), según modelo adjunto, con la descripción de funciones, acreditando experiencia y realización de tareas similares a las de los puestos ofertados.
    • b. Contratos de trabajo.
    • c. Certificado actualizado de la vida laboral.

    Para que la experiencia profesional se tenga en cuenta en la valoración de méritos es necesario que se aporten los tres documentos.

  3. Para acreditar los requisitos específicos que se exijan según la convocatoria, o que deban tenerse en cuenta para la valoración de méritos (título universitario y acreditación de nivel de idiomas), también deberá aportarse copia compulsada notarialmente de los originales en la inscripción.
  4. Quedarán exentos de acreditar el cumplimiento de los requisitos académicos establecidos para el acceso a los puestos objeto de la presente convocatoria aquellos candidatos que se encuentren desempeñando la actividad propia de las plazas ofertadas y que cuenten con contrato en vigor formalizado con el Grupo Renfe derivado o en virtud de sentencias judiciales firmes.

Admisión de solicitudes y Plazo de Presentación

El plazo de admisión de solicitudes comenzará el día 15 de septiembre y finalizará el día 29 de septiembre de 2017, ambos incluidos. Este mismo plazo será el único hábil para la impugnación de la presente convocatoria.

¿Cómo inscribirse en la convocatoria de empleo de Renfe?

  1. Los candidatos presentarán su solicitud de participación a través de la página web del Grupo Renfe, www.renfe.com, en el apartado Empleo y Formación.
  2. Candidatos con discapacidad: Los candidatos que se presenten a las plazas reservadas para personas con discapacidad deberán indicarlo en el cuestionario de inscripción, en el apartado “Grado minusvalía igual o superior al 33%”, marcando una de estas dos opciones:
    • Tengo minusvalía pero no preciso adaptación.
    • Tengo minusvalía y preciso adaptación: en este caso, el candidato deberá solicitar las necesidades específicas de adaptación y/o de ajuste de tiempo y medios que considere oportunas para participar en las pruebas selectivas en condiciones de igualdad. Además, con el fin de que el Tribunal que se constituya para cada convocatoria pueda resolver la solicitud planteada, el interesado deberá adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano Técnico de Valoración que determinó el grado de minusvalía.
  3. Los candidatos deberán realizar un ingreso o transferencia, en la cuenta bancaria dispuesta por el Grupo Renfe, de diez euros (10 €) en concepto de “derechos de participación”, especificando el número de su DNI, Apellidos-Nombre del candidato (no el de la persona que pudiera realizar el ingreso) y la referencia de la convocatoria en la que participen en el campo de observaciones, debiendo realizar tantos ingresos como convocatorias a las que se presente como candidato.Estarán exentos del pago de los “derechos de participación” aquellos aspirantes que, habiendo formado parte de las bolsas de reserva conformadas en la oferta pública de empleo de 2016, a fecha 14 de septiembre de 2017, tengan un contrato temporal en vigor con el Grupo Renfe en puestos similares al que se presentan con efectividad anterior a la finalización de la vigencia de las bolsas de reserva contempladas en las convocatorias de empleo de 2016 para el Grupo Renfe (30/06/2017), así como aquellos aspirantes que, no formando parte de las bolsas anteriormente citadas, mantengan vigente un contrato temporal para un puesto similar al que se presentan establecido con anterioridad al 30 de abril de 2017 y derivado de la participación en procesos de selección realizados por el Grupo Renfe con anterioridad a la Oferta Pública de Empleo 2016. No obstante, estos candidatos deberán inscribirse en la convocatoria y aportar la documentación que se les requiera en cada caso. Al inscribirse, en lugar de aportar el justificante de ingreso de los derechos de participación, deberán adjuntar copia de su carné de trabajador de Renfe. En el caso de no haber realizado o acreditado el citado ingreso (cuya copia debe ser adjuntada de acuerdo a las instrucciones en el momento de la inscripción), y salvo que se esté exento de su abono según el párrafo anterior, no se considerará válida la inscripción en la convocatoria y, por tanto, el candidato será excluido del proceso. De igual forma se procederá con los candidatos que habiendo realizado el ingreso no hayan formalizado la correspondiente inscripción dentro del plazo y por el canal establecido al efecto.En ningún caso, el Grupo Renfe realizará la devolución del importe de los derechos de participación por la no obtención de plaza, por la no asistencia a las pruebas de selección, por no reunir o acreditar los requisitos de la convocatoria, o por abonar los derechos sin realizar la inscripción en la web del Grupo Renfe.

Otros datos de interés de la Oferta de Empleo De Renfe

La cuenta bancaria en la que se debe hacer el ingreso para la convocatoria de empleo de Renfe es:

  • Titular: Renfe Operadora.
  • IBAN: ES11 0182 2370 4702 0150

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